Muerte de Carlos Blaquier: se extinguirá la acción penal en su contra en la causa por delitos de lesa humanidad

 

El empresario Carlos Pedro Tadeo Blaquier murió este lunes a los 95 años luego de estar casi un mes internado en la Clínica Zabala sin que pudiera ser juzgado acusado de ser responsable de delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura.

El dueño del ingenio azucarero más importante del país y de la marca Ledesma fue procesado en el año 2012 por la justicia federal por secuestros y desapariciones ocurridas en 1976 cuatro meses después del golpe militar del 24 de marzo. Ese hecho se lo conoció como “La noche del apagón” porque una serie de cortes de luz en las localidades jujeñas de Calilegua, El Talar y Libertador General San Martín fue el marco para el secuestro de cientos de trabajadores del ingenio Ledesma, sindicalistas, estudiantes y militantes que hasta hoy continúan desaparecidos. Según la acusación, en muchos de esos casos se utilizaron vehículos de la empresa que dirigía Blaquier.

“Como consecuencia de las demoras de la Cámara Federal de Casación Penal y de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el empresario Carlos Blaquier, dueño del Ingenio Ledesma, murió hoy sin haber sido juzgado por crímenes de lesa humanidad en Jujuy durante la última dictadura”, lamentó la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.

A través de un hilo en su cuenta oficial de Twitter, la cartera conducida por Horacio Pietragalla sostuvo que “la muerte impune de Blaquier se produjo luego de ocho años de dilaciones judiciales que provocaron un daño irreparable en el proceso de Memoria, Verdad y Justicia y que dejó a las víctimas, a sus familiares y a la sociedad sin justicia por esos crímenes”.

“Esta Secretaría considera indispensable que se avance de manera urgente en el juicio contra Alberto Lemos, administrador del Ingenio durante la dictadura, lo que permitirá esclarecer especialmente la responsabilidad que tuvo la empresa en la represión ilegal”, cerró el mensaje oficial.

En noviembre de 2012, Carlos Pedro Tadeo Blaquier y Alberto Lemos, administrador del establecimiento Ledesma en el tiempo en que se cometieron las violaciones a los derechos humanos denunciadas, fueron procesados por privación ilegal de la libertad en dos causas por los secuestros de 29 trabajadores y referentes sociales ocurridos entre marzo y julio de 1976.

Dicho procesamiento fue confirmado en forma parcial en 2013 por la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, pronunciamiento contra el que los defensores de Blaquier interpusieron un recurso de Casación. La Sala IV del máximo tribunal penal del país, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Juan Carlos Gemignani y Eduardo Riggi dictaron la falta de mérito de Blaquier y Lemos en marzo del año 2015. En esa oportunidad, los camaristas consideraron probado que la empresa aportó vehículos para los secuestros y al mismo tiempo entendieron que no estaba acreditado que Blaquier y Lemos hubieran tenido conocimiento de para qué fines se usaron esas camionetas.

En julio de 2021, la Corte Suprema de Justicia revocó por mayoría el fallo de Casación, considerando arbitrario el pronunciamiento de este tribunal. Con los votos de Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton, la Corte sostuvo que la decisión de dictarle la falta de mérito a Blaquier y Lemos se “apartó en forma manifiesta de la solución normativa prevista para el caso, obstaculizando indebidamente el avance del proceso”. El presidente del máximo tribunal en ese momento, Carlos Rosenkrantz, votó en disidencia al considerar que se debía dejar firme la falta de mérito, mientras que Ricardo Lorenzetti no votó.

Después de esta decisión del máximo tribunal, las partes querellantes solicitaron la elevación a juicio de la causa. A fines de 2021, un dictamen del Cuerpo Médico Forense advirtió que Carlos Pedro Tadeo Blaquier no podría ser sometido a proceso por problemas de salud mental. Según concluyó esa pericia “el deterioro cognitivo que presenta el imputado no le permite afrontar un debate oral”. Ante las conclusiones de esta evaluación pericial, el Tribunal Oral Federal de Jujuy lo separó del proceso por no estar en condiciones de afrontar las audiencias.

En febrero de 2022, el TOF jujeño ordenó que se le hicieran nuevos estudios médicos y psiquiátricos por pedido del fiscal Federico Zurueta, de la Unidad de Asistencia para causas por violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado. El pedido fue hecho a raíz de una disidencia de dos médicos de la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP) quienes discreparon con las conclusiones a las que había arribado el Cuerpo Médico Forense. Según estos profesionales, “el diagnóstico clínico de Blaquier es el de simulación” para evitar ir a juicio. En julio del año pasado, la Cámara Federal de Casación Penal rechazó un planteo hecho por la defensa de Blaquier contra un fallo del tribunal que revocó la exclusión del empresario de las dos causas en las que estaba imputado.

A fines del año pasado, el Tribunal Oral Federal de Jujuy había ordenado que se le realizaran nuevas pericias médicas para determinar si Carlos Blaquier estaba en condiciones de afrontar un juicio oral. Hace algunos días, la defensa del empresario puso en conocimiento del Cuerpo Médico Forense que Blaquier estaba con nuevos problemas de salud, por lo que las evaluaciones médicas que faltaban realizar no se podrían llevar a cabo.

Este lunes murió a los 95 años y respecto de él se extinguió la acción penal, pero hay otro acusado, Alberto Lemos, administrador del ingenio Ledesma en la época en que ocurrieron los hechos. En los próximos días el Tribunal Oral Federal de Jujuy deberá decidir la fecha de comienzo del juicio contra el único acusado por los crímenes de “La Noche del Apagón.”

Infobae.

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